Análisis
Biocombustibles
07/10/2014Sube corte de bioetanol en naftas pero su precio podría caer hasta un 37%
La resolución 44/2014 de la Secretaría de Energía incrementó el corte obligatorio del bioetanol en naftas a un 10%, lo que impulsará la demanda de un sector con casi 60% de capacidad ociosa. Sin embargo, la norma también modificó la regla para el cálculo del precio, estableciendo una fórmula distinta para el etanol de azúcar y el de maíz. Se estima que el nuevo precio resultante sería un 37% inferior en el caso del elaborado desde el maíz y 23% inferior en el caso del fabricado con azúcar.
La resolución 44/2014 de la Secretaría de Energía incrementó el corte obligatorio de naftas con bioetanol a un 10% (anteriormente el mínimo obligatorio era del 5%, aunque las petroleras venían cortando voluntariamente aproximadamente al 8%). El corte será elevado gradualmente hasta alcanzar su nuevo valor el 1 de diciembre de 2014. El aumento del corte implicaría un incremento de la demanda de entre el 20% y el 25%.
No puede decirse que la medida resulte sorpresiva, dado que ya en 2013 se había anunciado que se decidiría impulsar el corte hasta este valor en 2014. Algunas voces mencionaban la posibilidad de lograr un nuevo aumento del corte hasta un 12% en 2015. Sin embargo, la posibilidad de seguir incrementando la proporción de bioetanol en el combustible enfrenta restricciones técnicas. En principio, las terminales automotrices han puesto el 10% como techo, porque no han probado que un corte mayor no tenga consecuencias negativas en los motores.
De todos modos, esta iniciativa permitiría que las empresas reduzcan parcialmente su capacidad ociosa. Se estima que para fin de año el sector contará con una capacidad para producir alrededor de 117.000 m3 de bioetanol mensuales, un monto que podría incrementarse hasta casi 170.000 m3 de confirmarse los proyectos de inversión de Balba Bío Energías y Green Pampas, previstos para 2015 y 2016. En contraposición, la producción mensual promedio en el primer semestre del año fue de algo menos de 48.000 m3, lo que implica que el sector estaría trabajando a poco más del 40% de su capacidad.
Sin embargo, la resolución 44/2014 de la Secretaría de Energía cambió la regla para el cálculo del precio del bioetanol a partir de octubre. La norma establece una fórmula distinta para el etanol fabricado en base a azúcar y a maíz. En ambos casos se elimina la fórmula que calculaba el precio del bioetanol en base al de la nafta, llevando a una fuerte caída en los precios. Para el azúcar, se mantiene, con leves modificaciones, la fórmula que calculaba el precio del bioetanol en base al promedio de costos. En el caso del maíz la reducción en el precio es mayor, dado que los costos relevantes para calcular el precio pasan a ser el precio FAS del maíz, el costo de la mano de obra, el precio de la electricidad y el precio del vapor.
Hasta septiembre, para el cálculo del precio del bioetanol se tomaba la mayor cotización resultante de dos fórmulas posibles. Una de ellas era determinada en base a un promedio ponderado de costos (precio del gasoil, precio del gas natural, índice del costo de la construcción y valor de la producción) más una rentabilidad. La otra, representaba el precio promedio ponderado de la nafta súper sin plomo, más impuestos.
Bajo este esquema, debido al fuerte incremento en los precios de combustible, la segunda fórmula era la que se terminaba aplicando. Esto llevó a que el precio se incrementara en más de un 66% desde septiembre de 2013 hasta ahora, aún en un contexto de caída de los precios internacionales del maíz (en el mercado interno el precio del maíz creció 9% en pesos en el mismo período).
Se estima que el nuevo precio resultante sería un 37% inferior en el caso del bioetanol elaborado en base a maíz y 23% inferior en el caso del fabricado con azúcar. De todas formas, la caída será gradual, dado que la misma resolución establece que la variación mensual en los precios del bioetanol no podrá superar el 5%. De hecho, en octubre el valor ya es 5% menor que el registrado en septiembre, para ambos casos.